ACTUALIZACIÓN “PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL SARS-CoV-2”

El Ministerio de Sanidad ha actualizado el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2, adecuando este documento a los cambios en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19 y a la Evaluación del riesgo de transmisión de SARS-CoV-2 mediante aerosoles.

Este documento ha sido modificado con el paso del tiempo atendiendo a la información que se va teniendo sobre el comportamiento del COVID-19, se trata por tanto de un documento vivo que debe servir de referente a todas las empresas.

Los cambios principales de esta nueva versión afectan a la Tabla 1 relativa a los escenarios de riesgo de exposición y a la supresión del Anexo III (guía para protección personal: mascarillas, ropa de protección y guantes).

Tabla1 escenarios de exposición

Fuente: Procedimiento de actuación para los SPRL frente a la exposición al SARS-CoV-2

 

La modificación de la Tabla 1 ha requerido de una nota interpretativa en la que destacan los siguientes puntos:

  • Dentro de los 3 escenarios (de riesgo, de bajo riesgo y baja probabilidad de exposición) se aportan ejemplos de personal trabajador o situaciones que se ajustan con las definiciones, así como requerimientos para determinar las medidas a adoptar en cada situación concreta. Se debe tener en cuenta, por tanto, que se trata de ejemplos de actividades o situaciones laborales, no de una relación exhaustiva de casos.
  • Las personas trabajadoras estarán ubicadas en cualquiera de los 3 escenarios, no de manera estática, sino que podrá variar en función de la evaluación específica del riesgo de exposición, permitiendo adaptarse a cada caso y situación concreta y dejando cubiertos de este modo múltiples escenarios.

Señalar también ligeras modificaciones en la redacción de la clasificación de los contactos estrechos:

  • Cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso o haya estado en contacto con sus secreciones y fluidos: personal sanitario o socio‐sanitario que NO haya utilizado las medidas de protección adecuadas o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar o cualquier persona que haya manipulado muestras biológicas sin las debidas medidas de protección.
  • Cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros (ej. visitas, reunión) y durante un tiempo total acumulado de más de 15 minutos en 24 horas sin utilizar las medidas de protección adecuadas. El servicio de prevención valorará el seguimiento y la adecuación de dichas medidas. En la versión de octubre sólo indicaba “durante más de 15 minutos sin utilizar las medidas de protección adecuadas”.
  • En el contexto de los centros educativos, se seguirá lo establecido en la Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID‐19 en centros educativos

El contacto con el SARS-CoV-2 puede afectar tanto a entornos sanitarios como no sanitarios, por lo que corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición en que se pueden encontrar las personas trabajadoras en cada una de las tareas diferenciadas que realizan y seguir las recomendaciones emitidas por el servicio de prevención ajeno, siguiendo tanto las pautas como las recomendaciones planteadas por las autoridades sanitarias.

 

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CEPYME Aragón

Departamento de Prevención de Riesgos Laborales