NUEVOS LÍMITES DE VELOCIDAD EN VÍAS URBANAS Y TRAVESÍAS

El próximo 11 de mayo entran en vigor las modificaciones del artículo 50 del Reglamento General de Circulación relativo a los límites de velocidad en vías urbanas y travesías. Se trata de un cambio normativo regulado en RD 970/2020, por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003 y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998 en materia de medidas urbanas de tráfico.

 

Artículo 50 Reglamento General de Circulación. Límites de velocidad en vías urbanas y travesías

  1. El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de:

a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.

b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.

c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

 

A estos efectos, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no serán contabilizados.

  1. Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica, por la Autoridad municipal.
  2. Excepcionalmente, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h, previa señalización específica.
  3. En las vías urbanas a las que se refiere el apartado 1 c) y en travesías, los vehículos que transporten mercancías peligrosas circularán como máximo a 40 km/h.
  4. El límite genérico de velocidad en travesías es de 50 km/h para todo tipo de vehículos. Este límite podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía, previa señalización especifica.
  5. El límite genérico de velocidad en autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado será de 80 km/h, no obstante podrá ser ampliados por acuerdo de la Autoridad Municipal y el titular de la vía, previa señalización específica, sin rebasar en ningún caso los límites genéricos establecidos para dichas vías fuera de poblado.

Señal20

 

Para facilitar la interpretación de esta nueva regulación, la Dirección General de Tráfico, junto con la Federación Española de Municipios y Provincias, ha publicado el documento Nuevos límites de velocidad en vías urbanas y travesías. Ejemplos de aplicación, en el que se presentan de manera gráfica los diferentes cambios en cuanto a la velocidad de circulación en función del tipo de calzada y sentido de circulación.

 

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CEPYME Aragón

Departamento de Prevención de Riesgos Laborales