GUÍA DE ACTUACIÓN INSPECTORA. FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS

La exposición a fenómenos meteorológicos adversos representa un riesgo real para la salud y seguridad de las personas trabajadoras, especialmente en sectores como la construcción, la agricultura o el transporte.

En este contexto, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha publicado la “GUÍA DE ACTUACIÓN INSPECTORA. FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS” destinada a orientar la actuación inspectora y reforzar la gestión preventiva frente a estos riesgos, actuación encuadrada dentro de sus labores tanto de asesoramiento técnico como de control de la actividad preventiva según lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Estos son algunos de los principales puntos que desarrolla.

📌 QUE ES UN FENÓMENO METEOROLÓGICO ADVERSO (FMA)
Cualquier fenómeno meteorológico (lluvia, temperaturas extremas, viento, nieve, tormentas, niebla, etc.) que pueda producir daños directos o indirectos a personas trabajadoras, alterando la seguridad o condiciones del trabajo.

📌 OBLIGACIONES EMPRESARIALES CLAVE
✔ Evaluar los riesgos derivados de FMA, considerando factores como ubicación, tareas, época del año y características individuales del personal.
✔ Planificar medidas preventivas específicas y de emergencia.
✔ Facilitar equipos de protección individual adecuados.
✔ Proporcionar formación e información sobre prevención y actuación frente a emergencias.
✔ Considerar a los colectivos especialmente sensibles (personas trabajadoras menores, embarazadas o con patologías).

📌 MEDIDAS PREVENTIVAS RECOMENDADAS
✔ Modificación de horarios o tareas ante alertas meteorológicas.
✔ Instalación de puntos de sombra y dotación de agua ante calor extremo.
✔ Uso de ropa adecuada y calzado antideslizante en caso de lluvia o frío.
✔ Prohibición de trabajos al aire libre durante alertas naranja o roja (según AEMET).

📌 NOVEDADES NORMATIVAS
✔ Se reconoce el permiso retribuido hasta cuatro días por imposibilidad de acceso al centro de trabajo ante FMA (RDL 8/2024).
✔ Se incorpora la negociación de protocolos de actuación frente a catástrofes y FMA en la negociación colectiva (art. 85 ET).

La prevención frente a FMA no es solo una cuestión de cumplimiento normativo, sino una responsabilidad social para proteger la vida y salud de quienes desarrollan su actividad laboral expuestos a condiciones climáticas cambiantes.

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CEPYME Aragón

Departamento de Prevención de Riesgos Laborales