PLAN ESTRATÉGICO DE INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2025-2027

La Inspección de Trabajo refuerza la prevención de riesgos laborales en su Plan Estratégico 2025-2027.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027, concebido como la principal herramienta para garantizar la aplicación de la normativa laboral y de seguridad social en los próximos años.

El documento sitúa la prevención de riesgos laborales en el centro de sus prioridades, alineándose con la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 y con el Marco Estratégico Europeo 2021-2027.

El plan pone especial énfasis en la reducción de la siniestralidad laboral grave y mortal, todavía elevada en sectores como la construcción, la agricultura, la pesca y el transporte o reparto de mercancías. Para ello, se prevén planes permanentes de actuación en seguridad y salud, que serán adaptados a la evolución de los indicadores de siniestralidad y a las características de cada territorio.

Entre las medidas previstas, destacan:

  • Refuerzo de la investigación de accidentes, no solo graves o mortales, sino también leves, con el objetivo de detectar patrones y causas recurrentes. Se planificarán actuaciones de seguimiento de las medidas preventivas a adoptar derivadas de la investigación de accidentes de trabajo, especialmente de los mortales y en actividades prioritarias identificadas en función de índices de siniestralidad laboral.
  • Planes de choque contra los riesgos psicosociales. Se llevarán a cabo actuaciones relacionadas con el derecho a la desconexión digital, considerando no solo la materia de tiempo de trabajo, sino también los efectos de los posibles incumplimientos de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como la vulneración del derecho a la intimidad, o la posible exposición a riesgos psicosociales.
  • Actuaciones dirigidas a los trastornos musculoesqueléticos. Se profundizará en la investigación de accidentes de trabajo leves y otros daños para la salud relacionados con el trabajo y vinculados a trastornos musculoesqueléticos y psicosociales.
  • Mayor control sobre la gestión preventiva en las empresas, con especial atención a la calidad de las evaluaciones de riesgos, la planificación de la actividad preventiva y la adecuación de los equipos de protección.
  • Impulso de la perspectiva de género en PRL. Se planificarán actuaciones en sectores feminizados y afectados por la infradeclaración de contingencias profesionales, y en los que, a su vez, se presenta un elevado número de bajas por contingencias comunes.
  • Promoción de la cultura preventiva en las PYMES. Con la finalidad de favorecer una mejor gestión de la prevención de riesgos laborales en las PYMES, se potenciarán junto a las labores de vigilancia y exigencia de cumplimiento, las de asistencia técnica sobre el cumplimiento de las obligaciones concertadas por estas con los servicios de prevención ajenos, en aras a reforzar la calidad de las evaluaciones de riesgos, de las planificaciones preventivas y de la vigilancia de la salud.
  • Supervisión del cumplimiento de la normativa en materia de subcontratación. Se intensificarán las actuaciones destinadas a vigilar el correcto cumplimiento del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores, así como la exigencia de responsabilidades en caso de que, tras la apariencia formal de contratas y subcontratas, se lleven a cabo cesiones ilegales de personas trabajadoras.
  • Campañas. Se planificarán campañas de actuación conjuntas o coordinadas entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los institutos autonómicos, dirigidas a las actividades en las que se presenta un mayor número de accidentes laborales mortales y graves, en las que se combinarán medidas de difusión y de control. En estas campañas se potenciará el control de las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras vulnerables o especialmente sensibles.
  • Enfermedades profesionales. Se promoverá la prevención de enfermedades profesionales a través de la intensificación de las actuaciones de vigilancia y control sobre las obligaciones empresariales de vigilancia de la salud, tanto individual como colectiva, así como a la adecuada identificación y evaluación de los riesgos de los centros de trabajo.
  • Prevención de cáncer de origen profesional. Se incrementará la actuación inspectora en empresas con personas trabajadoras expuestas o potencialmente expuestas a agentes cancerígenos. Se potenciará la consideración de la perspectiva de género en la realización de las actuaciones relacionadas con exposición de personas trabajadoras a agentes cancerígenos. Se incluirá en la planificación anual de la Inspección un programa específico sobre exposición laboral a agentes cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos, en el que se prestará especial atención a la sílice cristalina y al amianto.

Asimismo, el plan subraya la necesidad de anticiparse a los riesgos emergentes derivados de la digitalización, la transición energética y climática, el teletrabajo y el envejecimiento de la población trabajadora.

En estos ámbitos, la Inspección desplegará campañas de información, control y asistencia técnica, en colaboración con el INSST y con los institutos autonómicos de seguridad y salud laboral.

 

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